Atresmedia ha anunciado este martes que el debate electoral previsto para el próximo día 23 de cara a las elecciones generales contará finalmente con la participación de las cuatro formaciones principales, PSOE, PP, Unidas Podemos y Ciudadanos.

El grupo de comunicación había previsto en un primer momento un debate a cinco en el que se incluía a Vox pero este martes la Junta Electoral Central (JEC) ha dejado en suspenso su celebración al alegar que la formación liderada por Santiago Abascal no debía participar por falta de representación en el Congreso.

De esta forma, Atresmedia readaptará el formato de su debate previsto para el próximo martes, moderado por Vicente Vallés y Ana Pastor, y en el que finalmente participarán Pedro Sánchez (PSOE), Pablo Casado (PP), Pablo Iglesias (Unidas Podemos) y Albert Rivera (Ciudadanos).

En cualquier caso, desde el grupo que engloba Antena 3 y La Sexta han insistido en el "interés periodístico" que tiene la celebración de un debate a cinco al ser "más relevante para los ciudadanos".

"Atresmedia considera que en ningún momento su celebración menoscaba la presencia en los medios del grupo (Antena 3 Noticias, laSexta/Noticias y Onda Cero) de ninguna formación política con representación parlamentaria o que concurre a las elecciones", ha argumentado en un comunicado.

En la misma línea, el grupo de comunicación ha recalcado que "todos los partidos" han tenido y tendrán la oportunidad de "trasladar sus mensajes a la sociedad" desde Atresmedia bien mediante entrevistas, informaciones o "incluso otros debates".

La JEC considera que el debate a cinco tal y como estaba diseñado es "contrario al principio de proporcionalidad" que se exige a las televisiones privadas en periodo electoral porque la presencia de Vox no está justificada.

"En consecuencia, ese debate no podrá celebrarse en los términos indicados, sino que, si así lo decide el medio, deberá modificarse para atender a las exigencias" del principio de proporcionalidad, dice la Junta Electoral

Atresmedia anunció para el día 23 un debate a cinco con los cabezas de lista del PSOE, PP, Unidas Podemos, Ciudadanos y Vox, y es el único debate al que ha confirmado su presencia el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

Sin embargo, y dado que Vox aún no está representado en el Congreso, el debate fue recurrido ante la JEC tanto por formaciones con representación en la Cámara Baja (PNV, Junts y CC), como por partidos extraparlamentarios que en las últimas elecciones generales lograron más votos que el partido de Santiago Abascal, como el PACMA.

El precedente de 2015

Tras conocer esta decisión, desde Vox han recordado que la JEC autorizó la participación de Ciudadanos y Podemos en debates electorales cuando no tenían representación en el Congreso.

De cara a las elecciones generales de 2015, el 7 de diciembre se celebró un debate electoral a 'cuatro' en Atresmedia en el que la JEC aceptó la participación de Ciudadanos (Albert Rivera) y Podemos (Pablo Iglesias) pese a no contar con representación en el Congreso.

Según alegó entonces el organismo supervisor, ambos pudieron participar porque en los comicios nacionales más recientes (las europeas del 2014) superaron el listón mínimo del 5 por ciento que fijó la propia JEC en una instrucción del mes de abril que abrió las puertas de la cobertura informativa a "grupos políticos significativos" sin representación parlamentaria.

En esa ocasión, la JEC acordó compensar en otros espacios televisivos a otros partidos que, con representación en el Congreso desde 2011 como Izquierda Unida y UPyD, no acudieron al debate.

Vox alegó ante la JEC el resultado obtenido en las últimas elecciones en las que concurrió, las autonómicas andaluzas, cuando obtuvo casi un 11% de votos. No obstante, el organismo supervisor se ciñe a los apoyos obtenidos en los últimos comicios generales, cuando logró un 0,2% de los sufragios válidos emitidos.

Asimismo, tampoco considera que esta formación pueda ser considerada grupo político significativo reconocido, para lo que se exige la obtención de un número de votos válidos igual o superior al 5% en recientes procesos electorales, y que ese porcentaje se haya alcanzado en el ámbito territorial del medio de difusión.